Willi Efrey Aldana S.
Msc-Esp Derecho Penal, Investigación Criminal, Criminalística,
Ciencias Penales, Forenses, Criminología y Victimología
Representación - Asesoría - Consultoría

Texto extraído de Ejercicio Académico Docencia Facultad de Derecho Pregrado Universidad La Gran Colombia, sede Bogotá D.C. Colombia. 2016. (Bibliografía y Referencias se mantienen en el documento original) Magister Willi Efrey Aldana S., (candidato a Doctor en Ciencias Forenses)
Soporte Técnico: Fausto Robles
Gracias por la información suministrada, a pesar que escuchamos todos estos términos, en todo los medios y procedimientos no sabia el significado de algunos.
ResponderEliminarA mi entender, han surgido al menos dos nociones de debido proceso, la primera, requiere que se respeten todas las garantías procesales fundamentales y en particular, las que se refieren a los derechos de las partes lo que conlleva a definir que el debido proceso tiende a coincidir sustancialmente con las garantías fundamentales del proceso que han sido definidas por la doctrina y por la jurisprudencia constitucional desde hace ya tiempo.
ResponderEliminarLa segunda existe un debido proceso si éste está construido de modo tal que, además de asegurar la efectividad de las garantías, se logren obtener decisiones justas; lo que conlleva a argumentar que difícilmente se podría reputar “debido” un proceso que esté sistemáticamente dirigido a producir decisiones injustas, o en el que la posibilidad de una decisión injusta sea irrelevante. Para evitar esta posibilidad no es suficiente que el proceso se articule a través de un procedimiento correcto desde el punto de vista de las garantías. Por lo tanto, no es válido el argumento según el cual las decisiones que derivan de este procedimiento serían justas por definición, pues lo cierto es precisamente lo contrario, toda vez que en un proceso en el que han sido respetadas las garantías fundamentales se puede producir una decisión injusta, como ocurrirá, por ejemplo, si ha sido infringida o mal aplicada la norma sustantiva que regula la situación que es objeto del proceso.
En tal sentido, el concepto de decisión justa implica a propósito de la aplicación del principio de legalidad a la decisión judicial, que la decisión sea tomada en cuenta en sí misma, distinguiéndola del procedimiento del que representa el resultado y valorándola conforme a un criterio autónomo, independiente del que se utiliza para evaluar la justicia del procedimiento.
atentamente,
Patrullero. Franki Alexey Mera Sanchez
cuarta sección Gabriel Gonzalez
Buen día,
ResponderEliminarEl debido proceso es un derecho fundamental de inmediato cumplimiento consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia: “El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.”
También está consagrado en instrumentos internacionales ratificados por Colombia como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos.
Atentmente,
PT. LEIDY JOHANNA ALFONSO CASTELLANOS
5 SECCION COMPAÑIA GONZALEZ
Al hablar del debido proceso se hace necesario establecerlo en el artículo 29 de la Constitución política como derecho fundamental, es decir sobresale sobre los demás operando en todas las áreas del derecho en Colombia que junto con los principios establecen las reglas de conducta para que las fuentes del derecho tengan un campo de acción amplio en el derecho procesal y para su ejercicio como función armónica del proceso. Lo que se busca en un proceso es la verdad tanto material como procesal pero solo con las plenas garantías de que la sentencia que se dicta debe hacerse de acuerdo a las pruebas llevadas a juicio y controvertidas.
ResponderEliminarPT YUBER RODRIGUEZ
1 SECCION GABRIEL GONZALEZ
DIOS Y PATRIA
ResponderEliminarHablamos de que el derecho procesal es el conjunto de normas jurídicas dictadas por el estado para el ejercicio de las función jurisdiccional es un factor primordial para asegurar la seguridad social, así como la conservación de la paz es definitivo para atener el orden social también entendemos que de no ser posible la aplicación y su efectividad podría decirse que no se aplica este derecho.
De igual forma cuenta con una autonomía como medio para la fluidez de la constitución aun sabiendo que nace de esta misma, tenido sus normas propias y manejándose como institución de principios especiales Siendo este el instrumento para hacer velar las reglas que establecieron los deberes y derechos o situaciones jurídicas que constituyen el derecho material
Así mismo cuenta con unas características as cuales son;
INSTRUMENTALIDAD obligatoria y es necesaria para la efectividad de los derechos consagrados e las de demás normas
AUTONOMIA Es independiente del derecho sustancial pero no obstante se complementa de esta
DE DERECHO PÚBICO son normas de las cuales la comunidad exige su cumplimiento como factor básico
PT RAUL GARCIA AGUILAR
EliminarSe entiende que el derecho procesal en el conjunto de normas jurídicas dictadas por el estado para el ejercicio de la función Jurisdiccional, es el factor primordial para asegurar la armonía y la seguridad social, de igual forma la conservación de la paz. El derecho procesal es instrumental ya que es obligatorio y necesario para hacer efectivos los derechos consagrados en las demás normas del derecho sustancial; es independiente del derecho sustancial y por ultimo sus normas son de interés de la comunidad, exige que se cumplan obligatoriamente como factor básico, esencial de órden social. De igual forma el derecho procesal tiene 12 principios fundamentales del derecho procesal los cuales garantizan la legitimidad y garantías de los actos procesales.
ResponderEliminarPatrullero AYALA CAMACHO ALEX
Cuarta Sección
Compañía Gabriel González
Para las características de derecho procesal como rama del derecho que regula los métodos de solución de conflicto de personalidad jurídica, se estructura a partir de nociones fundamentales como son: jurisdicción, acción, proceso, autonomía, instrumentalidad, unidad y público, para reconocer métodos de resolución de conflicto de relevancia jurídica caracterizado porque en él intervienen, las partes involucradas en el conflicto para formular sus alegaciones y presentar sus pruebas ante un órgano público que es el órgano jurisdiccional que es quien está llamado a resolver el conflicto en ejercicio de la jurisdicción, a través de una sentencia, logrando regular métodos de resolución de conflicto de, en donde un tercero imparcial resuelve un conflicto entre dos, que están en un plano de igualdad, previo el ejercicio de la acción. En este estatuto, se preserva un contenido más amplio, en general regula todas las formas o métodos de solución de conflicto, bajo los principios fundamentales del derecho procesal: hacemos referencia a, principio de igualdad, dispositivo, legalidad, economía procesal, buena fe y lealtad procesal, publicidad, derecho a la defensa, doble instancia, cosa juzgada entre otros, que dan la naturaleza jurídica del proceso que básicamente es la pretensión constitucional para el desarrollo invocado de la jurisdicción, que sirve a satisfacción de los intereses jurídicos socialmente relevantes, siendo el medio constitucionalmente instituido para ello, llevado a particularidades como de carácter normativo, acusan de carácter positivo y principio de son absolutas, pero tienen que reaccionarse con los principios constitucionales del derecho procesal así: principio de legalidad, favorabilidad, doble instancia, exclusividad y obligatoriedad de la administración de justicia, independencia judicial, imparcialidad del juez, libre acceso a la administración de justicia, juez natural, debido proceso, principio de contradicción o derecho de defensa, igualdad de las partes entre otros. Como principios fundamentales de procedimiento son refrentes a reglas generales que actúan como pilares básicos que dirigen e inspiran la configuración de la reglamentación referente a los elementos fundamentales del proceso, la posición y de las partes y el órgano director del mismo, y de los que se deben concluir sus derechos, deberes, cargas, facultades y funciones, así como también los pertenecientes al objeto, desarrollo y formas de terminación del proceso.
ResponderEliminarAtentamente,
Luis Francisco Silva T
Dios y Patria buenas noches
ResponderEliminarTema: Derecho procesal
En mi opinión el derecho procesal es un conjunto de normas jurídicas dictadas por el Estado, que regulan el proceso judicial, es decir, que regula los requisitos, el desarrollo y los efectos del proceso. Para asegurar la armonía, la seguridad social y la preservación de la paz.
El derecho procesal es único, instrumental y autónomo y forma parte del derecho público porque contempla los intereses de la comunidad, y no únicamente los de los particulares.
Está dividido en dos ramas: la civil y la penal
1. El derecho procesal civil tiene que ver con las disputas que ocurran en la sociedad y que precisen de la decisión justa del Estado para resolverse, sin implicar violaciones punibles a la ley.
2. El derecho procesal penal tiene que ver con la impartición de justicia cuando se han quebrantado leyes y se hace preciso una acción de justicia para impartir un castigo y/o llevar a cabo una reparación.
Como principio constitucional del derecho penal es la igualdad Art 13 C.P. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación.
En el Art 29 C.P. Dice que el debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable.
En el Art 31 C.P. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley. El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante único.
Patrullero: Luis Alejandro Castro Guzmán
Segunda Sección
Compañía Gabriel Gonzales
Buenas noches
ResponderEliminarEl debido proceso protección judicial toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales como la vida, la libertad, y todos los derechos reconocidos por la Constitución política, o en convención americana de los derechos humanos entre otras leyes, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales
El derecho procesal es una rama del derecho público que incluye al conjunto de actos mediante los que se constituye, desarrolla y determina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas intervinientes. Dicha relación jurídica tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados, y en el derecho aplicable, además el derecho procesal es el instrumento para hacer efectivo el cumplimiento del derecho material. Este ayuda a lograr que se cumpla, aunque sea forzadamente, el precepto del derecho material que se ha trasgredido.
PT JOHN ALEXANDER PRADA GOMEZ
CUARTA SECCION COMPAÑIA GABRIEL GONZALEZ
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ResponderEliminarBuenas noches
ResponderEliminarEl debido proceso en materia penal tiene antecedentes de índole internacional, siendo de especial importancia la consagración en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, también conocida con el nombre de Pacto de San José. En este instrumento, el debido proceso se subdivide en una serie de principios y derechos, los cuales deben ser respetados por Colombia al ser signatario de dicho
instrumento, adoptado por la ley 16 de 1972 y, a través del bloque de constitucionalidad,establecido en el artículo 93 de la Carta Política.
El debido proceso debe ser columna vertebral del proceso penal, por lo que la ley 906 de 2004, para ser constitucional, debe consagrar y
desarrollar los derechos y principios de Libertad, Igualdad, Imparcialidad, Presunción de Inocencia, Defensa, Acceso a la administración de Justicia y Publicidad, en particular, mientras que en general debe cumplir con las garantías judiciales previstas en el artículo 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Diego F. Agudelo
Cía González 1
Dios y Patria buenas noches
ResponderEliminarCuando se habla de derechos humanos la mayoría de las personas piensas que es el mal procedimiento de las autoridades de policía encuento a lo que tiene que ver con el abuso y la falta de profesionalismo al golpear a las personas, pero en realidad no es solo ese factor, se trata de asegura y de brindar los debidos procesos, respetar las etnias religiones y deferentes formas de vida y de pensamientos, por tal razón fue necesario crear leyes normas sentencias que prohíben o garantizan estos derechos pero todo basado a los tratados de muchos años atrás para que podamos vivir en paz.
Patrullero, Cristian Camilo Diaz Cadena
5 sección cía Gabriel González
El debido proceso es un principio jurídico donde toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legítimas frente al juez. Acoplándose dentro del principio de igualdad procesal que va ligado al artículo 13 de la constitución política estableciendo que todas las personas tienen iguales oportunidades para ejercer sus derechos.
ResponderEliminarPatrullero Hernán David Jaramillo Jaramillo
Cuarta sección compañía Gabriel González
---------- Cordial saludo Srs. Dicentes. Reitero una vez más mis sinceros agradecimientos por sus valiosos aportes y comentarios en torno a esta temática, y aprovecho para clarificar a ustedes que: Al respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que el derecho al debido proceso se refiere al conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales a efectos de que las personas estén en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado, adoptado por cualquier autoridad pública, sea administrativa, legislativa o judicial, que pueda afectarlos. El debido proceso se encuentra, a su vez, íntimamente ligado con la noción de justicia, que se refleja en: i) un acceso a la justicia no sólo formal, sino que reconozca y resuelva los factores de desigualdad real de los justiciables, ii) el desarrollo de un juicio justo, y iii) la resolución de las controversias de forma tal que la decisión adoptada se acerque al mayor nivel de corrección del derecho, es decir que se asegure, en la mayor medida posible, su solución justa .
ResponderEliminarEn términos convencionales el debido proceso se traduce centralmente en las “garantías judiciales” reconocidas en el artículo 8 de la Convención Americana. La referida disposición convencional contempla un sistema de garantías que condicionan el ejercicio del ius puniendi del Estado y que buscan asegurar que el inculpado o imputado no sea sometido a decisiones arbitrarias, toda vez que se deben observar “las debidas garantías” que aseguren, según el procedimiento de que se trate, el derecho al debido proceso. Asimismo, otras disposiciones de dicho instrumento internacional, tal como los artículos 7 y 25 de la Convención, contienen regulaciones que se corresponden materialmente con los componentes sustantivos y procesales del debido proceso.
Buenos tardes Señor Docente y demás participantes mi aporte para este debate es el siguiente:
ResponderEliminarSi a bien sabemos que al hablar de un proceso son todos aquellos pasos consecutivos que se llevan a cabo para que un evento o situación se presente, y se deben seguir para que se presente una excelente realización ya sea de una actividad o misión.
Al hablar entonces de un debido proceso es todos aquellos parámetros a cumplir para que los derechos humanos en todas sus categorías no sean vulnerados por ningún motivo.
Todo se rige por normas, reglas y leyes donde cada sujeto es procesado siguiendo unos parámetros investigativos, el investigado al ser notificado recolecta las pruebas que este tenga a su favor y así poder defenderse de la acusación que se le este imputando partiendo siempre de la iniciación de un proceso.
Un debido proceso nos ayuda a esclarecer con prontitud y acertadamente un caso que tengamos de carácter penal judicial o disciplinario.
ATT: DAVID ESTEBAN VÁSQUEZ MAZO
COMPAÑÍA GABRIEL GONZÁLEZ QUINTA SECCIÓN
En relación es al tema es claro indicar que el debido proceso encierra diferentes características, las cuales deben llevarse a cabo de manera detallada, sin saltar ninguno de los pasos, el debido proceso son las garantías judiciales, sustanciales y procedimentales, con las cuales se busca proteger los derechos de los individuos que se encuentren inmersos en un conflicto.
ResponderEliminarEl debido proceso es la columna vertebral de la normatividad vigente de nuestro país, con el cual se busca garantizar que cada persona disponga de determinadas garantías mínimas para que el resultado de un proceso judicial sea equitativo y justo. En el que puede hacer escuchar por un juez y demostrar la verdad de los hechos que llevaron al proceso.
Patrullero Nelson Enrique Galindo
Compañía Gabriel Gonzales
Primera sección
Dios y Patria Buenas Noches
ResponderEliminarParticipación
Todo lo comprendido en el derecho procesal se entiende como un conjunto de normas con el fin de que el estado ejerza control de las normas establecidas y se forma a partir de estos 3 elementos fundamentales: jurisdicción, acción, y proceso, en cuanto a su importancia podemos referenciar los principios fundamentales del derecho procesal como las pautas de inicio o no de un proceso por si se debe actuar o investigar.
El cual debe ser respetado en todo momento al instante que la administración judicial desarrollo de la actividad judicial con relación, se ha mantenido que el inexperiencia en cualquier forma del derecho al debido proceso en un trámite administrativo, no sólo trasgrede las síntesis esenciales que lo conforman, sino que, igualmente, comporta un quebrantamiento del derecho de acceso a la administración de justicia, del cual son propias de todas las personas naturales y jurídicas que en calidad de administrados deben someterse a la decisión de la administración por el canal de sus servidores públicos competentes.
Patrullero
GUILLERMO ISAZA SALGADO
Estudiante Cuarta Compañía Gabriel González
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ResponderEliminarBuenos dias Dios y Patria
ResponderEliminarMe parece esencial el conocimiento aportado por parte del Docente, pues si bien es cierto que el derecho esta en constante actualización, las normas y leyes básicas son primordiales para continuar con los estudios posteriores; de esta forma, según lo entendido en este blog, el derecho procesal es aquel conjunto de actos que constituyen, desarrollan y determinan la actuación jurídica de quienes intervienen en dicho proceso como pueden ser jueces, fiscales, abogados, parte acusada y victimas.
De igual forma, es importante tener en cuenta los principios que rigen el derecho procesal, ya que al verse vulnerado alguno de ellos se podría ver afectado el curso de la investigación o etapas del juzgamiento.
Muchas gracias por su atención
PT Norma Marcela Buendia Castilla
V sección CIA Carbonell
El Derecho Procesal juega un papel preponderante dentro de nuestro Estado Social de Derecho porque con el podemos hacer efectivos los derechos subjetivos reconocidos en la ley sustancial. Con el derecho procesal es posible obtener la satisfacción de nuestros intereses jurídicos, a través del derecho procesal se protegen y se hacen efectivos los derechos, libertades y las garantías, lo cual quiere decir, que es el medio propicio para llevar a cabo la solución de los conflictos intersubjetivos de intereses. Por tanto, es evidente que, en relación con la realización de los derechos y la solución de los conflictos, el derecho procesal es un instrumento y como tal, debe responder a unos principios fundamentales para dar garantía real y concreta a los derechos que por su vía se invoca su protección o tutela jurídica. Porque, aunque el proceso y el procedimiento se traducen en un derecho de formas, esto no significa que las formas puedan justificarse en sí mismas, sin miramiento a los derechos y garantías fundamentales que buscan protegerse con ella. Como el derecho procesal es el vehículo de los derechos subjetivos y garantías procesales debe regirse por las normas constitucionales que desarrollan los principios, derechos y garantías. Por ejemplo, el principio de igualdad procesal se funda en el respeto por el principio y derecho fundamental a la igualdad contenido en el artículo 13 constitucional, así mismo, este principio y derecho también desarrolla otros principios procesales como doble instancia. El artículo 228 de la Constitución Nacional también alude a la prevalencia del derecho sustancial sobre el procesal, en ese sentido, la administración de justicia como garante y guardiana de los derechos y garantías procesales debe velar por el cumplimiento de los derechos, por tanto, más que un servicio, la tarea de la administración de justicia se ha convertido en una verdadera función pública pues en cabeza de todas las autoridades judiciales recae la responsabilidad de hacer realidad los propósitos que inspiran la Constitución en materia de justicia, la cual a la luz del artículo 2 constitucional, se resume en la función del Estado por asegurar la pronta y cumplida administración a todas las personas.
ResponderEliminarpatrullera Alba Milena Martinez Mendieta
V sección
compañia Carbonell
Debemos recordar que el Derecho al Debido Proceso, es un principio inherente al Estado de Derecho, cuyas características esenciales son el ejercicio de funciones bajo parámetros normativos previamente establecidos y la erradicación de la arbitrariedad.
ResponderEliminarEn uno de sus apartes la Sentencia C -034 / 14 dice que la extensión de las garantías del debido proceso al ámbito administrativo no implica, sin embargo, que su alcance sea idéntico en la administración de justicia y en el ejercicio de la función pública. A pesar de la importancia que tiene para el orden constitucional la vigencia del debido proceso en todos los escenarios en los que el ciudadano puede ver afectados sus derechos por actuaciones públicas (sin importar de qué rama provienen), es necesario que la interpretación de las garantías que lo componen tome en consideración los principios que caracterizan cada escenario, así como las diferencias que existen entre ellos.
Asi mismo El debido proceso es un derecho fundamental de aplicación inmediata que faculta a toda persona para exigir “un proceso público y expedito en el cual se reconozcan todas las garantías sustanciales y procesales, desarrollado ante una autoridad competente que actúe con independencia e imparcialidad, y sin tener en cuenta consideraciones distintas a las previstas en la Ley.
Patrullero GEOVANI GILBERTO ZUÑIGA DAZA
Primera Sección Compañía José María Carbonell
Tercer Ciclo de Ascenso a Subintendente 2020
Buenas Tardes
ResponderEliminarCon base en el tema y en primera instancia se aclara que el derecho procesal es un conjunto de normas jurídicas dadas por el estado se logra identificar las características del derecho procesal entre las cuales se encuentran l autonomía, instrumentalidad dinamismo, unidad y público, así mismo el derecho procesal se desarrolla mediante la jurisdicción, proceso y acción según Podetti. Cada una de estas características del derecho procesal cuenta a su vez con principios fundamentales. Igualmente, el derecho procesal cuenta con principios constitucionales los cuales permiten que haya igualdad y de esta manera un equilibrio procesal; según el artículo 31 de la constitución nacional aclara que toda sentencia judicial puede ser apelada salvo algunas excepciones como lo estipula la ley.
Se destacan también otros principios a los cuales se puede recurrir como la presunción de inocencia, según el cual, toda persona es inocente y debe ser tratada como tal y el habeas corpus entre otros. Por otro lado, existen también las fuentes del derecho procesal de las cuales se relacionan: naturales, sociales, históricas, racionales e ideales. Finalmente, con el debido proceso se busca encaminar y estandarizar de manera.
PT Sarmiento Galindo Maicol Javier
Sexta Sección Compañía Carbonell
Dios y Patria buenos días,
ResponderEliminarEs importante entender el derecho procesal, como un factor importante que asegura la vida y la paz, asegura el orden y la seguridad de la sociedad, baso en normas jurídicas, dictadas por el estado para el funcionamiento jurisdiccional, basado en principios, garantizando el acceso a la justicia y protegiendo los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de Colombia y entre ellos se encuentra el debido proceso y en la Convención Americana de Derechos humanos, artículo 25.1, hace referencia a la protección judicial de los imputados, donde refiere que toda persona en caso de que vea vulnerados sus derechos fundamentales por parte de un funcionario público tiene derecho a interponer un recurso sencillo, rápido o cualquier otro recurso que lo ampare ante jueces y tribunales competentes.
Adicionalmente en nuestro país vela por el derecho al debido proceso la Corte Constitucional, que en la Sentencia T-015-2012, se observa, la protección del debido proceso ante una aseguradora, por parte de una ciudadana que interpuso el recurso, con el cuál concedieron el amparo solicitado, revocando un fallo de la Corte Suprema de Justicia y dejando sin efecto la sentencia de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, y en el caso de la Sentencia T-385-2019, también concede al ciudadano, la protección al derecho fundamental del debido proceso policivo y revocó la sentencia proferida por el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Medellín.
PT. Andrés Herrera Vargas
Compañía Gabriel González
Sección Novena
Dios y patria, buen día, a todos los participantes de este blog, mi nombre es Patrullero LEWIS JAVIER GONZALEZ LORA, de la Séptima sección de la Compañía Gabriel González López.
ResponderEliminarPartiendo de la premisa que el debido proceso es un derecho fundamental, que se encuentra consagrado expresamente en el artículo 29 de la Constitución Política, y que su aplicación no solo es para los juicios y procedimientos judiciales, sino también para todas las actuaciones administrativas, por ello la jurisprudencia constitucional ha definido el derecho al debido proceso como el conjunto de garantías previstas en el ordenamiento jurídico, a través de las cuales se busca la protección del individuo incurso en una actuación judicial o administrativa, para que durante su trámite se respeten sus derechos y se logre la aplicación correcta de la justicia.
También es preciso acotar que en este sentido, el cumplimiento de las garantías del debido proceso consagradas en la Constitución, tiene diversos matices según el derecho de que se trate “dado que no todo derecho es de orden penal, sino que es posible encontrar “reglas y procedimientos” de otros órdenes como el civil, el administrativo, el policivo, el correccional, el disciplinario o el económico, entre otros, que no son comparables o asimilables directamente al ordenamiento penal y que comportan decisiones y sanciones de diversa categoría, matices que deberán ser contemplados en la regulación de sus propias reglas
Dios y patria, buenas noches a todos los participantes de este blog, mi nombre es Patrullero HECTOR ANTONIO MOSQUERA CUITIVA, de la Octava sección de la Compañía Gabriel González López.
ResponderEliminarEl derecho al debido proceso busca confirmar la legalidad y correcta aplicación de las leyes dentro de un marco de respeto mínimo a la dignidad humana dentro de cualquier tipo de proceso, Es por ello que se hace necesario la existencia de un justo equilibrio entre el ciudadano y el Estado, donde las garantías procesales adquieran sentido y actualidad al evitar la arbitrariedad e inseguridad que provocaría en la sociedad una carencia de reglas en la investigación policial y judicial en las que queden de lado los intereses del individuo para proteger el interés general de la averiguación de la verdad real y el éxito de la administración de justicia.
Dios y patria buenas noches
ResponderEliminarEntendiendo por derecho procesal: Es el conjunto de normas jurídicas dictadas por el estado para el ejercicio de la función jurisdiccional,el cual es primordial para asegurar la armonía y la seguridad social, así como la conserva de la paz definitiva para mantener el orden social cuanta con unas características indispensables la instrumentalidad, la autonomía, derecho público, además de doce principios fundamentales.
Por eso al hablar del debido proceso hablamos de todas las normas que debemos cumplir para que nunca sean violados los derecho humanos y que al realizarlo de manera correcta podamos lograr esclarecer con eficacia, eficiencia y transparencia cualquier caso que tengamos tanto penal judicial como disciplinario.
PATRULLERO JOHNY ALEXIS PARRA OBANDO
COMPAÑIA GONZALO JIMENEZ DE QUESADA
QUINTA SECCION
Dios y Patria
ResponderEliminarSoy el Patrullero Jorge Iván Díaz Rozo Pertenezco al Compañía Gabriel González López Sección 8
El debido proceso es un derecho fundamental de inmediato cumplimiento consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y se aplica a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, nadie podrá ser juzgado conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
La ley permisiva o favorable, se aplica de preferencia a la limitada o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable, quien sea culpable tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hechos es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.”
También está consagrado en instrumentos internacionales ratificados por Colombia como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos.
Dios y Patria
ResponderEliminarSoy el PT Yehison Quintero Avellaneda de la Compañía Gabriel González López Sección 8
la autonomía es un medio de realización de la constitución donde el derecho procesal que emerge de ella tiene sus propias normas, se manejan con principios y con instituciones especiales a pesar de un instrumento independiente si genera dependencia del derecho.
El derecho procesal aparece cuando es violado o se reclama la tutela jurisdiccional del derecho siendo este el instrumento para hacer valer las reglas que establecieron los derechos y los deberes o situaciones jurídicas que constituyen el derecho material, el derecho procesal es dinámico porque regula un mecanismo jurídico en movimiento en el cual se encuentran fuerzas jurídicas diversas tendidas para conseguir sus propósitos, publico por el hecho de referirse a una de las ramas del poder público y teniendo por objeto la actividad del órgano estatal y además porque sus normas son imperativas, se sustenta a través de conceptos básicos y fundamentales que utilizan cualquier rama del derecho procesal.
ResponderEliminarVALORACION PROBATORIA:
concepto :Es el conjunto de actividades que se realizan en el proceso con el objeto de llevar a este la prueba de los hechos materia de la controversia. Son medios probatorios el testimonio, la confesión, la inspección judicial, los indicios etc.
clasificación: Según los medios que pueden utilizarse, se distinguen dos clases de criterios o sistemas: el medio legal y el medio libre
El medio legal: consiste en que solo puede emplearse lo que expresamente indica la ley o el código respectivo. Entre nosotros tuvo vigencia en el campo penal.
el medio libre: Se presenta cuando la ley deja plena libertad para que se utilice cualquier medio probatorio, sino también cuando señala algunos y permite el empleo de otros